CertificadosCertificado de Constumbres para nacimiento
Es el documento mediante el cual se dan a conocer los artículos correspondientes del Código
Civil, sobre temas relativos al nombre del nacido o del que está por nacer.
Requisitos:
1. Estar inscrito(a) en el Registro de Nacionales del Consulado. En su defecto, deberá proceder a inscribirse en ese momento.
2. Presentar su Documento Nacional de Identidad (DNI) vigente ( original y copia ) del (los) progenitor (es) peruano (s). Si el DNI hubiese caducado, se deberá previamente renovar el DNI.
3. Indicar el nombre que se desea dar al hijo nacido o que está por nacer.
Notas:
- El trámite es personal.
- En el caso de no poder acercarse al Consulado, y cumple con los requisitos necesarios para este trámite, remitir por correo postal una solicitud para realizar el certificado de costumbres, una copia de su DNI válido, una copia de la primera y segunda página de su pasaporte, un cheque equivalente al monto de certificados de costumbres que se desea y un sobre con estampillas suficientes para remitirlos a su lugar de residencia.
Importante:
Por mandato de Ley las Libretas Electorales quedaron sin valor como documento de identidad a partir del 29 de febrero del año 2004.
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