Registro de Estado Civil

Registro de defunción

Para registrar el fallecimiento de un nacional peruano en los Registros de Estado Civil - Sección Defunciones - del Consulado General del Perú en París, el trámite debe realizarse dentro de los primeros treinta días a partir del fallecimiento, acompañado de los siguientes requisitos:

Requisitos:

1. El (la) declarante de nacionalidad peruana deberá estar inscrito(a) en el Registro de Nacionales del Consulado. En su defecto, deberá proceder a inscribirse en ese momento. El (la) declarante puede ser un familiar o un allegado del fallecido.

2. Dos actas integrales de defunción expedida por la Municipalidad en cuya jurisdicción ocurrió el deceso.

3. El (la) declarante deberá presentar su Documento Nacional de Identidad (DNI) vigente. Si ha caducado, deberá previamente renovar el DNI.

4. Entregar los documentos de identidad peruanos del fallecido (Libreta Militar, DNI y Pasaporte del fallecido).

Notas:

- El trámite es completamente gratuito, así como la primera copia certificada. Las copias adicionales tienen un costo.
- La entrega del documento es inmediata.
- En caso que el (la) declarante sea de nacionalidad francesa, deberá presentar su documento de identidad francés vigente.
- En caso que el (la) declarante sea de nacionalidad distinta a la peruana o francesa, deberá presentar su pasaporte o carnet de extranjería local vigente.


Pasados los 30 días del fallecimiento, será necesario solicitar la inscripción de la defunción de manera judicial, a través del Juez de Paz Letrado vía proceso no contencioso, lo cual se puede realizar solo en el Perú.



SE SUBRAYA QUE LA INSCRIPCION EN ESTE CONSULADO GENERAL TIENE PLENA VALIDEZ PARA EL ESTADO PERUANO Y, POR LO TANTO, NO SE DEBE REALIZAR UNA NUEVA INSCRIPCION EN EL PERU.


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